Tribunal CEEA. Capítulo X

Tribunal de la UEE. Capítulo X

El Tribunal de la UEEA (Tribunal de la Unión Económica Euroasiática) es un tribunal internacional diseñado para resolver disputas relacionadas con la aplicación de la ley de la UEEA a solicitud de un estado miembro o una entidad económica de la UEEA. En sus actividades se guía por el Tratado de la UEEA, los tratados internacionales con terceros países y los Reglamentos. Según el sitio web oficial del Tribunal de la UEEA, ya se han examinado 18 casos.

Es importante señalar que el Tratado de la UEEA prevé un procedimiento obligatorio de resolución de disputas previa al juicio, que aún presenta lagunas importantes. Así, el Tratado de la UEEA se refiere a la cláusula 44, que establece un plazo de tres meses para resolver la disputa. Sin embargo, los términos y reglas para el envío de una demanda, así como las condiciones obligatorias para la solicitud, no son fijos. De conformidad con el Decreto del Presidente de la Federación de Rusia N° 252 del 21 de mayo de 2015, el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia es el organismo autorizado para presentar una solicitud en nombre de Rusia ante el Tribunal de la UEEA sobre cuestiones relacionadas con la consideración de una disputa. o proporcionar explicaciones sobre las disposiciones del Tratado de la UEEA o las decisiones de los órganos de la UEEA.

Las siguientes cuestiones son competencia del Tribunal de la UEEA:

  • Interpretación de las normas del Tratado de la UEEA, así como de otras normas y reglas en el marco de los acuerdos de la UEEA.
  • Resolución de controversias entre estados miembros y entidades económicas. Las entidades comerciales incluyen personas jurídicas y empresarios individuales registrados en los Estados miembros, así como entidades comerciales de terceros países que operan en el territorio de los Estados miembros. Al mismo tiempo, la lista de disputas bajo consideración es muy limitada.

Los estados miembros tienen derecho a presentar una solicitud al Tribunal de la Unión Económica Euroasiática para considerar las siguientes disputas:

  • Cumplimiento del tratado internacional de la UEEA y las decisiones de los órganos con el Tratado de la UEEA.
  • Cumplimiento por parte del Estado miembro de los acuerdos dentro de la UEEA.
  • Conformidad de las decisiones de la CEE con las disposiciones del Tratado de la UEEA.
  • Acciones impugnantes (inacciones) de la CEE.

Las entidades comerciales tienen derecho a presentar una solicitud al Tribunal de la UEEA para considerar las siguientes cuestiones:

  • Cumplimiento de las decisiones de la CEE con las disposiciones del Tratado de la UEEA, si la decisión viola el derecho de una entidad económica al realizar actividades comerciales.
  • Impugnación de decisiones de la CEE, disposiciones individuales, si implicaron una violación de los derechos de una entidad comercial.

Estructura del Tribunal de la UEEA

  • Consejo Económico Supremo Euroasiático.
  • 2 jueces de cada estado miembro de la UEEA (10 jueces).
  • Presidente del Tribunal.
  • Vicepresidente del Tribunal.
  • Aparato judicial.
  • Secretarías de jueces.
  • Secretaría del Tribunal.
  • Asesor del juez.
  • Juez auxiliar.
  • jefe de la secretaría
  • Subsecretaría

Procedimientos legales

De conformidad con el Reglamento, los procedimientos judiciales se desarrollan en ruso, por lo que los jueces deben hablar ruso. En este caso, las partes podrán utilizar los servicios de un intérprete. A diferencia de muchos tribunales económicos internacionales, el Tribunal de la UEEA, según regla general, Esta abierto. Este principio puede limitarse a petición de una de las partes en el procedimiento y por propia iniciativa del Tribunal de la Unión Económica Euroasiática, si los materiales del caso contienen información de distribución limitada.

El contenido de la solicitud es casi idéntico al contenido de la solicitud en los procedimientos de arbitraje rusos. Debe ir acompañado de documentos que fundamenten el reclamo del demandante, confirmando el procedimiento previo al juicio para resolver la disputa, la autoridad para firmar la solicitud, así como la notificación al demandado. Con base en los resultados del examen de la solicitud, el Tribunal de la UEEA, dentro de los 10 días naturales con base en los resultados del examen de la solicitud, toma una decisión y notifica a las partes su decisión de aceptar la solicitud de procedimiento, dejar la solicitud sin progreso o negarse a aceptar la solicitud. Si la solicitud fue presentada por una persona no autorizada, el Tribunal de la UEEA se niega a aceptar la solicitud y lo notifica al Estado miembro por canales diplomáticos. Sobre la base de los resultados de la notificación al demandado sobre la aceptación de la solicitud de procedimiento, el demandado tiene derecho a presentar objeciones al Tribunal de la UEEA en un plazo de 15 días naturales. Sin embargo, este es el derecho del imputado, y la ausencia de objeciones no impide la consideración del caso con base en los materiales disponibles. El Tribunal de la UEEA, a su discreción, habiendo aceptado ya el caso para el proceso, puede, en la etapa de preparación del caso para su consideración, conceder al demandado tiempo adicional para presentar una objeción.

La decisión sobre el caso se toma en la sala de deliberaciones por mayoría simple de votos. Como en la mayoría de las audiencias colegiadas, un juez que expresara una opinión diferente decisión tomada La opinión podrá presentarse por separado.

Así, como resultado del examen del caso, el Tribunal de la UEEA emite los siguientes tipos de actos judiciales:

  • Decisión del Gran Colegio del Tribunal (entra en vigor desde el momento en que se toma la decisión).
  • Decisión del Colegio del Tribunal (entra en vigor a los 15 días naturales).
  • La decisión de la Sala de Apelaciones de la Corte (entra en vigor desde el momento en que se toma la decisión).
  • Declaración judicial.
  • Opinión Consultiva de la Corte.
  • Explicación del Tribunal.

Práctica de arbitraje

Es justo señalar que el Tribunal de la UEEA no suele examinar casos ni proporcionar aclaraciones. Los casos que se publican en el sitio web oficial y el Tribunal de la UEEA dictó actas sobre ellos, todos, sin excepción, datan del año 2014, cuando el Tribunal de la UEEA funcionaba de conformidad con el Reglamento. Así, por ejemplo, los casos fueron examinados por 3 jueces: un juez ponente y dos jueces. Cabe señalar que los 18 casos fueron iniciados por entidades comerciales, en las que la CEE era la demandada. En su estructura, los actos del Tribunal de la UEEA cumplen con las normas generalmente reconocidas de los tribunales internacionales: el Tribunal de la UEEA debe indicar y motivar la ley aplicable.

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El Tribunal de la UEEA es una estructura relativamente nueva; es difícil hablar de la práctica judicial y las tendencias a las que se adhieren los jueces.

Los abogados de BRACE actúan como representantes en el ICAC, IAC, tienen experiencia en la interacción con tribunales internacionales y también apoyan las transacciones de comercio exterior, incluso teniendo en cuenta las decisiones de la CEE. En el marco de la impugnación de decisiones de la CEE o del cumplimiento de determinadas disposiciones del Tratado de la UEEA, podrán prestarse los siguientes servicios jurídicos:

  • Análisis del impacto de las decisiones de la CEE en las actividades empresariales de una entidad comercial.
  • Seguimiento de posibles acciones y elección de los medios y métodos de protección jurídica más racionales.
  • Apoyo a los procedimientos de resolución de disputas previas al juicio.
  • Preparación de declaraciones/quejas/peticiones ante el Tribunal de la UEEA.
  • Representación directa de intereses en el Tribunal de la UEEA.

Volova L.I.

En las condiciones modernas, una tarea muy urgente es determinar el papel del Tribunal de la Unión Económica Euroasiática en el proceso de desarrollo de la integración euroasiática, para lo cual es necesario analizar en profundidad la práctica judicial emergente de este órgano judicial, teniendo en cuenta las doctrinas científicas ya desarrolladas por los abogados. Sin duda, para fortalecer la integración en el espacio euroasiático se necesita un tribunal objetivo e independiente que resuelva profesionalmente las disputas entre los estados participantes, ya que sus decisiones afectan directamente los intereses de cada uno de ellos. El Tribunal de la Unión Económica Euroasiática tiene como objetivo resolver disputas relacionadas con la aplicación del derecho de la Unión, pero sus actos legales no contienen reglas que permitan a los estados miembros elegir un procedimiento de resolución de disputas en otros órganos judiciales internacionales sobre cuestiones que afectan las obligaciones asumidas por ellos. en virtud del Derecho de la Unión.

Una cuestión muy importante para establecer el trabajo eficaz de la Corte es una definición clara de sus poderes en el campo de la elaboración de normas judiciales. Creación de un mecanismo eficaz para que el Tribunal interprete las normas del derecho de la Unión y los tratados internacionales en su estructura e identifique formas de interacción con los tribunales nacionales de los Estados participantes. Pero el problema más importante es mejorar la calidad de las decisiones tomadas por la Corte y definir e implementar en la práctica métodos efectivos su implementación a nivel nacional y en todo el espacio euroasiático.

El Tribunal de la Unión Económica Euroasiática es una institución judicial supranacional, que está consagrada en las decisiones judiciales; esto también se demuestra por el hecho de que el acceso a él por parte de entidades económicas con solicitudes para apelar las acciones (inacciones) de las personas relevantes se lleva a cabo. sin implementar el requisito de agotar todos los recursos legales dentro de los sistemas judiciales de los estados miembros de la Unión. En decisiones tomadas anteriormente por el Tribunal EurAsEC, se esbozaron enfoques sobre la jerarquía de las normas jurídicas internacionales, se definieron las funciones principales del Tribunal y se estableció un método especial de regulación jurídica de las relaciones de integración mediante el derecho internacional y el derecho de la Unión. . La base para iniciar un juicio es la presentación de solicitudes a la Corte por parte de los Estados o entidades económicas participantes. Según el Estatuto y el Reglamento del Tribunal de la UEEA, resuelve disputas relacionadas con el derecho de la Unión y toma decisiones vinculantes al respecto, y el tema de la disputa puede ser una declaración de un estado miembro sobre la cuestión del cumplimiento de un tratado internacional celebrado en el marco de la Unión Euroasiática con el propio Tratado, y además, la cuestión del cumplimiento por cualquier estado participante de la legislación de la Unión o la cuestión del cumplimiento de la ley de la decisión de la Comisión Económica Euroasiática de la Unión.

El tema de la disputa también puede ser una impugnación de una acción (inacción) de la Comisión Económica Euroasiática que afecte directamente los derechos e intereses legítimos de una entidad económica si implica una violación de los derechos e intereses legítimos de la entidad económica otorgados por el Tratado.

Los abogados internacionales rusos, al evaluar la competencia del Tribunal de la UEEA, expresan la opinión razonable de que tiene una competencia más limitada en comparación con el Tribunal EurAsEC y, por lo tanto, es necesario ampliarla.

Algunos autores consideran aconsejable celebrar acuerdos especiales que amplíen la competencia de la propia Unión y de su Tribunal. Se propone que los individuos tengan el derecho de impugnar los actos de acción (inacción) de los órganos supranacionales de la Unión y los Estados miembros, y que los órganos supranacionales de la Unión reciban el derecho de exigir que los Estados rindan cuentas por cometer determinadas acciones. Existe la opinión de que es necesario cambiar el procedimiento, que es que solo Tribunales superiores Estados miembros. Se expresa la opinión de que el Tribunal de la UEEA debería tener competencia para adoptar decisiones judiciales vinculantes para resolver los conflictos que surjan entre los empleados de los órganos de la Unión y su empleador.

abogados internacionales Atención especial prestar atención a la cuestión de los medios para lograr la uniformidad en la comprensión y aplicación de las normas del derecho de la Unión Euroasiática, que incluye en su sistema las normas del derecho internacional, el derecho de la Unión y el derecho nacional de los estados participantes. La uniformidad está garantizada por las decisiones del Tribunal de la UEEA, ya que base legal para el impacto de sus decisiones en el desarrollo de los derechos de la Unión se establecen en el Tratado de la Unión de 2014, en el Estatuto y en el Reglamento del Tribunal.

Desafortunadamente, la posibilidad de una influencia directa de las posiciones del Tribunal de la UEEA en el desarrollo del derecho de la Unión no se refleja en la legislación; a este respecto, sólo se puede afirmar una cierta influencia de las posiciones del Tribunal en el desarrollo del derecho de la Unión, especialmente porque esto viene dictado por la conveniencia práctica y los intereses de los estados participantes. Cabe señalar que en el párrafo 2 del Estatuto de la Corte, que es el Apéndice No. 2 del Tratado, se establece directamente que el propósito de las actividades de la Corte es garantizar la aplicación uniforme por parte de los Estados miembros y órganos de la Unión de el Tratado constitutivo de la Unión, los tratados internacionales de la Unión con terceros y las decisiones de los órganos de la Unión, mientras que las decisiones del propio Tribunal quedan excluidas de tales decisiones de los órganos de la Unión.

Cabe señalar que el Tribunal de la UEEA prestó demasiada atención a la cuestión del cumplimiento de los requisitos formales al resolver disputas; por ejemplo, la Comisión Económica Euroasiática remite una entidad económica al Tribunal, y el Tribunal se niega a considerar el caso, justificando esto. por la inconsistencia de la solicitud presentada con los requisitos establecidos para su registro El resultado es una situación ineficaz: ambos órganos, diseñados para garantizar la aplicación uniforme del Derecho de la Unión, permanecen inactivos. Para fortalecer la protección de los derechos e intereses legítimos de las entidades comerciales y profundizar la integración, es aconsejable cambiar este enfoque introduciendo una norma especial en el Tratado de la Unión Económica Euroasiática de 2014 o mejorando la práctica judicial misma. Para crear un espacio jurídico único, el Tribunal de la Unión necesita construir una interacción efectiva con los órganos supranacionales de la Unión, con los gobiernos de los Estados miembros y con sus tribunales nacionales.

Para ejercer su función legislativa, el Tribunal de la UEEA, a través de sus decisiones, debe crear reglas de conducta en forma de precedentes judiciales y, por tanto, a través de precedentes para formar el derecho de la Unión Económica Euroasiática. Para lograr decisiones motivadas del Tribunal, es necesario en los actos jurídicos de la Unión resolver la cuestión de la jerarquía de las fuentes del derecho de la Unión Económica Euroasiática, teniendo en cuenta los enfoques científicos de los especialistas en este campo. La formación y el desarrollo del sistema jurídico de la UEEA deben llevarse a cabo con prontitud, teniendo en cuenta los logros de la Unión Europea en este ámbito. Y sólo entonces es aconsejable desarrollar un Acuerdo sobre el marco jurídico de la Unión, estableciendo la jerarquía y tipos de fuentes de derecho, las condiciones y procedimiento para su adopción y entrada en vigor.

Un análisis exhaustivo del Estatuto del Tribunal de la Unión (Apéndice No. 2 del Tratado de la Unión) lleva a la conclusión de que los Estados participantes han cambiado significativamente la competencia del nuevo Tribunal en comparación con la que poseía el Tribunal EurAsEC. Deberíamos estar de acuerdo con Ispolinov A.S. es que la importancia de los cambios introducidos por el Estatuto del Tribunal de la Unión debe percibirse exclusiva y únicamente a la luz de una evaluación objetiva de las decisiones del Tribunal EurAsEC.

Dado que la estructura de las instituciones dentro de la Unión Económica Euroasiática y la competencia de sus órganos aún no se han determinado completamente, es muy posible que sigan experimentando cambios en la dirección de mejorar. Por ejemplo, el procedimiento mismo para la formación del Tribunal cambió en comparación con la EurAsEC, es decir, los jueces comenzaron a ser nombrados para el cargo por decisión del Consejo Económico Supremo de Eurasia a propuesta de los estados participantes de conformidad con el párrafo 10 de el Estatuto, lo que aumenta significativamente el estatus de los jueces. De esto podemos concluir que los gobiernos de los estados miembros deseaban mantener el control sobre el proceso de nombramiento de jueces, especialmente porque la composición de la Corte está determinada en última instancia por el consentimiento general de los estados miembros de la Unión.

Es imposible estar de acuerdo en que el Tribunal de la UEEA no tiene derecho a aprobar su reglamento que define las reglas de su procedimiento, sino que lo aprueba el Consejo Supremo Euroasiático.

Así, en el Estatuto de la UEEA, en comparación con el Tribunal de la EurAsEC previamente existente, se reduce la competencia del Tribunal para considerar quejas de particulares, lo que también está asociado con la creación de paneles de expertos formados por representantes de los Estados. considerar disputas sobre subsidios industriales, sobre medidas de apoyo estatal a la agricultura, sobre la aplicación de medidas especiales de protección. A pesar de que las decisiones de dichos paneles son consultivas para la Corte, “en términos de la conclusión sobre la aplicación de medidas compensatorias apropiadas, la conclusión del grupo especializado es obligatoria para la Corte al tomar una decisión”. En este caso, el Tribunal actúa como un órgano, en su propio nombre, que toma decisiones tomadas por otras instituciones, como resultado de lo cual tal orden puede dar lugar a la aparición de diferentes interpretaciones de las disposiciones del Tratado de la Unión Económica Euroasiática. de 2014.

Un análisis del Estatuto del Tribunal de la UEEA lleva a la conclusión de que sólo se dedican unos pocos párrafos a la competencia consultiva del Tribunal, que determinan que el Tribunal, a petición de un Estado miembro o de un organismo de la Unión, realiza aclaraciones. de las disposiciones del Tratado, de los tratados internacionales de la Unión y de las decisiones de los órganos de la Unión, así como de los empleados y funcionariosórganos de la Unión y del Tribunal de las disposiciones del Tratado, los tratados internacionales de la Unión y las decisiones de los órganos de la Unión relacionadas con las relaciones laborales (artículo 46).

El Estatuto estipula específicamente que una explicación por parte de la Corte significa brindarle una opinión consultiva de carácter recomendatorio (artículo 98). Se ha establecido que los propios Estados deben determinar qué órganos estatales estarán autorizados a solicitar aclaraciones a la Corte; sin embargo, la lista de dichos órganos será reducida.

A los tribunales nacionales se les confía la tarea principal de aplicar las leyes de la Unión, y son ellos quienes crearán sus propias reglas de interpretación y determinarán el procedimiento para aplicar las normas del Derecho de la Unión. Al mismo tiempo, la interacción entre el Tribunal de la Unión y los tribunales nacionales, encaminada a la aplicación uniforme de las normas jurídicas de la Unión Económica Euroasiática por todos los tribunales nacionales de los estados miembros de la Unión, tiene como objetivo promover la creación de un único órgano jurídico. espacio basado en el Estado de Derecho de la Unión.

La práctica emergente es que la Comisión Económica Euroasiática (CEE) adopta cada vez más actos que afectan directamente a los derechos e intereses legítimos de los individuos, y no sólo de las empresas, pero al mismo tiempo sus decisiones sólo pueden ser apeladas ante el Tribunal de la Unión. Sin embargo, Estatuto de la UEEA todavía otorga el derecho de apelar tales actos sólo a las "entidades económicas", que incluyen a las personas jurídicas y a los empresarios individuales. Los no empresarios privados quedaron fuera de la jurisdicción del Tribunal, aunque sus intereses también pueden verse afectados por las decisiones de la Comisión. Esto es inaceptable en relación con la Unión Económica Euroasiática, que se ha fijado el objetivo de crear condiciones favorables para todos los individuos. Para lograr este objetivo, todos los particulares deben tener el derecho de apelar judicialmente las decisiones de la Comisión Económica Euroasiática que les afecten directamente.

Para establecer la aplicación uniforme del derecho de la Unión, una condición importante es la interacción fructífera de las actividades del Tribunal con la Comisión Económica Euroasiática, a la que se han otorgado poderes suficientes para supervisar la aplicación uniforme de los actos de la Unión por parte de todos los participantes en el proceso de integración.

La Comisión supervisa y controla la implementación de los tratados internacionales incluidos en el derecho de la Unión y las decisiones de la Comisión (cláusulas 4 y 43 del Reglamento de la CEE), y el Consejo de la Comisión evalúa los resultados del seguimiento y control de la implementación. de los tratados internacionales incluidos en el derecho de la UEEA.

Sobre la base de los materiales de seguimiento, la Comisión Económica Euroasiática confirma el hecho de que las entidades pertinentes cumplen las normas legales o establece el hecho de su incumplimiento. El Estatuto del Tribunal (cláusula 102) establece que el Tribunal no crea nuevas normas del derecho de la Unión, la decisión del tribunal no cambia y (o) deroga las normas existentes del derecho de la Unión o las normas de la legislación de los estados participantes.

Como se desprende de lo anterior, la incertidumbre existente demuestra que existe una necesidad urgente de una definición más clara de la fuerza jurídica de las siguientes fuentes del Derecho de la Unión: decisiones de revisar la lista misma de reguladores normativos y decisiones de incluir en ella actos tales como leyes modelo, que son pautas para los legisladores nacionales en la formulación de normas de derecho nacional, que permitirán la convergencia de los sistemas legales de los estados participantes en los temas bajo consideración.

Teniendo en cuenta lo anterior, en la Unión Económica Euroasiática es necesario lograr certeza normativa en la jerarquía de fuentes. En arte. 6 del Tratado de la Unión Económica Euroasiática proporciona una lista y presenta una jerarquía única de fuentes del derecho de la Unión, que es la siguiente: Tratado de la Unión Económica Euroasiática, tratados internacionales dentro de la Unión, tratados internacionales de la Unión con un tercero , decisiones y órdenes del Consejo Económico Supremo Euroasiático, decisiones y órdenes del Consejo Intergubernamental Euroasiático, decisiones y órdenes de la Comisión Económica Euroasiática, adoptadas en el marco de sus competencias. El Tratado, como principal regulador de las relaciones entre los Estados miembros, no remite ninguna fuente al Derecho de la Unión.

Es de destacar que en el art. 50 del Estatuto del Tribunal de la UEEA (Apéndice No. 2 del Tratado), a los efectos del Tribunal, se proporciona otra base fuente: principios y normas de derecho internacional generalmente reconocidos, el Tratado de la Unión Económica Euroasiática, tratados internacionales dentro de la Unión y otros tratados internacionales en los que sean partes las partes en litigio, decisiones y órdenes de los órganos de la Unión, la costumbre internacional como prueba de la práctica general. Es necesario interpretar las consecuencias que pueden surgir como consecuencia de tal discrepancia en la lista de fuentes del derecho.

En la legislación de los estados miembros de la Unión, los actos de las asociaciones de integración que no sean tratados internacionales no están incluidos en el ordenamiento jurídico, su lugar en este sistema no está definido y no existen mecanismos para su implementación, los cuales se indican mediante Arte. 6 del Tratado, así como reglas para su aplicación por parte de tribunales y agencias gubernamentales. La situación en la Unión Económica Euroasiática sigue siendo que la resolución de algunas cuestiones jurídicas importantes es competencia de los jefes de Estado. Es por iniciativa de los Presidentes de los Estados miembros de la Unión que puede iniciarse el procedimiento legislativo, y ellos también garantizan la aplicación de los actos jurídicos adoptados.

El Estatuto del Tribunal de la UEEA permite la posibilidad de no ejecución de las decisiones del Tribunal de la Unión. De conformidad con el párrafo 114 del Estatuto del Tribunal, en caso de que las decisiones del Tribunal no se ejecuten, el Estado parte tiene derecho a recurrir al Consejo Económico Supremo de Eurasia para que adopte las medidas necesarias en relación con su implementación. Según el párrafo 115 del Estatuto, en caso de que la Comisión no cumpla una decisión del Tribunal, una entidad económica tiene derecho a solicitar al Tribunal que adopte medidas para aplicarla. Al mismo tiempo, la autoridad final en materia de ejecución de las decisiones del Tribunal es el Consejo Económico Supremo Euroasiático, es decir. órgano político de la Unión. De esto se deduce que el Consejo, que incluye a los presidentes de los países miembros de la Unión, decidirá en última instancia el destino de la decisión no ejecutada de la Corte, y está lejos de ser un hecho que la elección de los presidentes de los países miembros de la Unión será hacerse a favor del Tribunal de la UEEA.

Considerando que el objeto de la regulación de los actos jurídicos adoptados por los órganos de la Unión son, en primer lugar, las relaciones económicas y no otras relaciones, es poco probable que un procedimiento de este tipo sea eficaz para el desarrollo de la actividad empresarial en el territorio de la Unión. . La oportunidad brindada a las entidades económicas de apelar decisiones de la Comisión Económica Euroasiática sobre ciertos aspectos ante el Tribunal de la Unión no es una garantía significativa de fortalecer su posición como tales entidades.

Dado que los Documentos Constitutivos de la Unión no resuelven la cuestión de la relación entre el derecho internacional y el derecho de la Unión, la Cámara de Apelaciones intentó resolverla en su decisión, definiendo la supremacía del derecho de la Unión, que debe ser formado en pleno cumplimiento del derecho internacional.

La Unión Económica Euroasiática debe construir su propio orden jurídico teniendo en cuenta las disposiciones anteriores. Al tomar su primera decisión el 28 de diciembre de 2015 sobre la denuncia del solicitante, el empresario individual Tarasik K.P. Desde Kazajstán hasta la inacción de la Comisión Económica Euroasiática, el Tribunal de la UEEA intentó anticipar de antemano sus consecuencias jurídicas y políticas para el desarrollo de la integración.

A. S. Ispolinov hizo una evaluación integral de la primera decisión del Tribunal de la UEEA, comparando el enfoque del Tribunal de la Unión para considerar este tipo de actividad con los enfoques del Tribunal EurAsEC y el Tribunal de la UE. Según él, la posición expuesta en la decisión del Tribunal de la UEEA es mucho más realista que la posición extremadamente dura del Tribunal de la UEEA y es más coherente con el logro del objetivo de fortalecer la cooperación entre el Tribunal y la CEE en materia de seguimiento. el cumplimiento por los estados miembros de la Unión de sus obligaciones.

Los resultados de la resolución del primer caso demostraron una vez más que los tribunales internacionales en ningún caso pueden desempeñar un papel similar al que desempeñan los tribunales nacionales dentro de los Estados. Los tribunales internacionales tienen una especificidad especial que surge del hecho de que son creados por los estados para implementar objetivos especiales; además, los propios estados participantes aprueban las reglas de procedimiento, el alcance de los poderes, determinan el presupuesto, nombran jueces y también desarrollan y modifican tratados internacionales que estos tribunales están llamados a interpretar y aplicar.

Por lo tanto, el Tribunal de la UEEA tiene todas las cualidades para convertirse en un órgano judicial autorizado que garantice con éxito la unidad y la aplicación del derecho de la Unión. Sin embargo, este Tribunal todavía tiene que demostrar su eficacia, para ello debe convertirse en un "defensor" fiable del orden jurídico de la Unión Económica Euroasiática. Entre los jueces del Tribunal Euroasiático hay intensos debates sobre las cuestiones más importantes de los procedimientos judiciales. , determinando el papel de la Corte en el desarrollo de la integración euroasiática, encontrando mejor modelo Redacción de decisiones judiciales.

Entre la mayoría de ellos hubo acuerdo en que es necesario adoptar un enfoque evolutivo en la redacción de las decisiones judiciales, lo que implica fortalecer en ellas la argumentación y una presentación más profunda de la parte motivacional. Doctor en Derecho A.S. Smbatyan cree que la eficacia del trabajo del tribunal se determina, entre otras cosas, sobre la base de una evaluación de la calidad de las decisiones que toma, la profundidad de su contenido, el razonamiento y la lógica de la presentación de las pruebas.

De hecho, el razonamiento jurídico de las decisiones del Tribunal EurAsEC no siempre fue nivel alto Por lo tanto, su mejora en las decisiones del Tribunal de la UEEA le permitirá convertirse en un organismo respetado de justicia internacional. Sin duda, el Tribunal de la UEEA debe tomar decisiones de tal calidad que aumenten su influencia en las actividades de otros tribunales internacionales, lo que contribuirá al desarrollo de los procedimientos judiciales internacionales. Para lograr este objetivo, es lógico hacer referencia en cada decisión adoptada a las disposiciones del derecho internacional general, así como, cuando sea necesario, a las normas de tratados internacionales multilaterales específicos. Por supuesto, estas fuentes del derecho no deben servir como base para las decisiones tomadas por la Corte, sin embargo, en la parte motivacional de las decisiones, la Corte, al ser un órgano de justicia internacional, puede utilizar argumentación con referencias a diferentes fuentes del derecho.

Para garantizar la autoridad de la Corte, los jueces deben tratar de encontrar un equilibrio de intereses de todos los estados participantes y sus entidades económicas, así como tener en cuenta todos los matices de las relaciones entre los estados participantes, estableciendo interacción con todos los órganos de la Unión y con organismos estatales y tribunales nacionales de los estados participantes. Debemos estar de acuerdo con el profesor N.A. Sokolova. es que “en caso de fortalecerse los procesos de integración, el papel de la Corte inevitablemente aumenta debido a lo que se llama activismo judicial”. Sin embargo, para lograrlo es necesario ampliar la competencia del Tribunal de la UEEA.

También es necesario establecer principios claros para la interacción del orden jurídico de la UEEA con los ordenamientos jurídicos nacional e internacional. Para fortalecer la integración, los tres ordenamientos jurídicos deben interactuar entre sí y servir a un objetivo común: mantener el derecho y el orden internacionales.

El análisis realizado nos convence de que en la Unión Económica Euroasiática existe una necesidad urgente de lograr una comprensión y aplicación uniforme de las normas del derecho de la Unión en todos los estados miembros de la Unión, lo que se logra mediante la interpretación judicial de los actos jurídicos. Profesor Neshataeva T.N. y Doctor en Derecho Smbatyan A.S. expresan su preocupación de que el Tribunal de la Unión no pueda garantizar plenamente la aplicación uniforme de la ley y fortalecer la integración si los jueces no toman decisiones convincentes, equilibradas y reflexivas. Estas preocupaciones son válidas hasta que el Tribunal de la Unión desarrolle su propio modelo de resolución judicial de disputas y satisfacción de quejas presentadas, y también desarrolle un modelo para interpretar las normas de los tratados y actos internacionales desarrollados por los órganos de la Unión. Esto se facilitará acelerando el proceso de incorporación de los actos jurídicos de la Unión al derecho nacional de los Estados participantes.

El Tribunal de la UEEA tendrá que resolver cuestiones complejas sobre las cuales los órganos de la Unión no pudieron alcanzar la unanimidad. Resolver estas cuestiones en las decisiones del Tribunal de la UEEA es la única manera legal de superar las situaciones de estancamiento que surgen cuando los Estados de niveles tan diferentes crean mercados comunes para diversos tipos de productos. desarrollo economico. Una tarea muy importante es lograr el equilibrio en las actividades de los órganos supranacionales e interestatales de la Unión Económica Euroasiática. El papel del Tribunal de la UEEA como órgano judicial debería aumentar gradualmente; está diseñado para establecer un equilibrio entre los órganos de la Unión y los órganos de los Estados miembros con el fin de proteger los derechos de las entidades comerciales.

La Unión Económica Euroasiática es una organización internacional de integración económica regional con personalidad jurídica internacional y establecida por el Tratado de la Unión Económica Euroasiática, firmado por los jefes de Estado de Bielorrusia, Kazajstán y Rusia en Astaná el 29 de mayo de 2014.

La UEEA garantiza la libertad de circulación de bienes, servicios, capital y mano de obra, la implementación de una política coordinada, acordada o unificada en los sectores de la economía definidos por el Tratado y los tratados internacionales dentro de la Unión.

La Unión opera sobre la base de los siguientes principios:

– respeto de los principios generalmente reconocidos del derecho internacional, incluidos los principios de igualdad soberana de los Estados miembros y su integridad territorial;

– respeto por las peculiaridades de la estructura política de los estados miembros;

– garantizar la cooperación mutuamente beneficiosa, la igualdad y la consideración de los intereses nacionales de las Partes;

– adherencia a los principios economía de mercado y competencia leal;

– funcionamiento de la unión aduanera sin excepciones ni restricciones una vez finalizados los períodos de transición.

Los principales objetivos de la Unión son:

– crear las condiciones para el desarrollo estable de las economías de los estados miembros en aras de una mayor estándar de vida su población;

– el deseo de formar un mercado único de bienes, servicios, capital y recursos laborales dentro de la Unión;

– modernización integral, cooperación y aumento de la competitividad de las economías nacionales en la economía global.

La idea de formar una Unión Euroasiática de Estados fue propuesta por primera vez por el presidente de la República de Kazajstán, Nursultan Nazarbayev, el 29 de marzo de 1994, durante un discurso en Moscú. Universidad Estatal a ellos. MV Lomonósov. Se basó en un proyecto a gran escala desarrollado por el líder kazajo para la integración de los nuevos estados independientes sobre una base económica cualitativamente nueva, pragmática y mutuamente beneficiosa.

La innovación fue, junto con una mayor mejora de la Comunidad de Estados Independientes, crear una nueva estructura de integración, cuyo propósito sería la formación de una política económica coordinada y la adopción de programas conjuntos de desarrollo estratégico. Según el proyecto, la integración en la Unión Euroasiática estaba asegurada por una estructura institucional más clara y completa de la nueva asociación de integración y una cantidad suficiente de sus poderes regulatorios en sectores clave de la economía, así como en los sectores político, de defensa, ámbitos jurídico, ambiental, cultural y educativo.

La iniciativa euroasiática de Nursultan Nazarbayev, que sonó en el punto más alto de la desintegración, no fue aceptada ni apoyada de inmediato; después de todo, las tareas de fortalecer la independencia y soberanía nacionales, por un lado, y desarrollar la cooperación económica, por el otro, en realidad eran opuesto en ese momento.

Poco a poco, surgió la comprensión de que el éxito de la integración está garantizado en gran medida por el reconocimiento de la prioridad de los intereses nacionales, la independencia y la soberanía nacionales, y la integración misma comenzó a ser percibida como una "palanca" del crecimiento económico y condición necesaria para la plena implementación de aquellas nuevas oportunidades que han surgido debido a la “delimitación” política de los estados postsoviéticos.

Los órganos de la Unión Económica Euroasiática son:

Consejo Económico Supremo Euroasiático;

Consejo Intergubernamental Euroasiático;

Comisión Económica Euroasiática;

Tribunal de la Unión Económica Euroasiática.

Consejo Económico Supremo Euroasiático (Consejo Supremo, SEEC) es el órgano supremo de la Unión, formado por los jefes de estado, miembros de la Unión. El Consejo Supremo considera cuestiones fundamentales de las actividades de la Unión, determina la estrategia, direcciones y perspectivas para el desarrollo de la integración y toma decisiones encaminadas a realizar los objetivos de la Unión.

Las decisiones y órdenes del Consejo Económico Supremo Euroasiático se toman por consenso. Las decisiones del Consejo Supremo están sujetas a ejecución por los Estados miembros en la forma prescrita por su legislación nacional.

Las reuniones del Consejo Supremo se celebran al menos una vez al año. Para resolver cuestiones urgentes de las actividades de la Unión, se podrán convocar reuniones extraordinarias del Consejo Supremo por iniciativa de cualquiera de los Estados miembros o del Presidente del Consejo Supremo.

Consejo Intergubernamental Euroasiático(Consejo Intergubernamental) es un organismo de la Unión formado por los jefes de gobierno de los estados miembros. El Consejo Intergubernamental garantiza la implementación y el seguimiento de la ejecución del Tratado de la Unión Económica Euroasiática, los tratados internacionales dentro de la Unión y las decisiones del Consejo Supremo; considera, a propuesta del Consejo de la Comisión, cuestiones sobre las cuales no se ha alcanzado un consenso; da instrucciones a la Comisión y también ejerce otras competencias previstas por el Tratado de la UEEA y los tratados internacionales dentro de la Unión. Las decisiones y órdenes del Consejo Intergubernamental Euroasiático se adoptan por consenso y están sujetas a ejecución por los Estados miembros en la forma prescrita por su legislación nacional.

Las reuniones del Consejo Intergubernamental se celebran según sea necesario, pero al menos dos veces al año. Para resolver cuestiones urgentes de las actividades de la Unión, se podrán convocar reuniones extraordinarias del Consejo Intergubernamental por iniciativa de cualquiera de los Estados miembros o del Presidente del Consejo Intergubernamental.

Comisión Económica Euroasiática– un organismo regulador permanente de la Unión. La Comisión está formada por un Consejo y una Junta. La Comisión toma decisiones que son de naturaleza regulatoria y legal y vinculantes para los Estados miembros, órdenes que son de naturaleza organizativa y administrativa y recomendaciones que no son vinculantes. Las decisiones de la Comisión están incluidas en el derecho de la Unión y están sujetas a aplicación directa en los territorios de los Estados miembros.

Las decisiones, órdenes y recomendaciones del Consejo de la Comisión Económica Euroasiática se adoptan por consenso. Las decisiones, órdenes y recomendaciones del Consejo de la CEE se adoptan por mayoría cualificada (2/3 de los votos del número total de miembros del Consejo) o por consenso (en cuestiones delicadas, cuya lista determina la SEEC).

La comisión tiene su sede en Moscú.

Tribunal de la Unión Económica Euroasiática - es un órgano judicial permanente de la Unión Económica Euroasiática.

El objetivo de las actividades del Tribunal es garantizar la aplicación uniforme por parte de los Estados miembros y los órganos de la Unión del Tratado de la Unión Económica Euroasiática, los tratados internacionales dentro de la Unión, los tratados internacionales de la Unión con terceros y las decisiones de los órganos de la Unión. El Tribunal considera las disputas que surgen de la implementación del Tratado de la UEEA, los tratados internacionales dentro de la Unión y (o) las decisiones de los órganos de la Unión a solicitud de un Estado miembro o a solicitud de una entidad económica. Sobre la base de los resultados del examen de las controversias a solicitud de un Estado miembro, el Tribunal emite una decisión vinculante para las partes en la controversia. Sobre la base de los resultados del examen de las controversias a solicitud de una entidad económica, el Tribunal emite una decisión que es vinculante para la Comisión.

El Tribunal está formado por dos jueces de cada Estado miembro, nombrados para ocupar cargos por el Consejo Económico Supremo Euroasiático a propuesta de los Estados miembros por un período de nueve años. El Tribunal considera los casos como parte del Gran Colegio del Tribunal, el Colegio del Tribunal y el Tribunal de Apelación.

El Tribunal de la UEEA tiene su sede en Minsk.

Los tratados internacionales dentro de la Unión, los tratados internacionales con un tercero y las decisiones de los órganos de la Unión están sujetos a publicación oficial en el sitio web oficial de la Unión en Internet en la forma prescrita por el Consejo Intergubernamental.

Los órganos de la Unión garantizan la publicación preliminar de los proyectos de decisión en el sitio web oficial de la Unión en Internet al menos 30 días naturales antes de la fecha en que se prevé adoptar esta decisión. Los proyectos de decisiones de los órganos de la Unión adoptados en casos excepcionales que requieran una respuesta rápida podrán publicarse en otros momentos. Las personas interesadas podrán presentar sus comentarios y sugerencias a este órgano.

Además, para garantizar la transparencia de la toma de decisiones de la Comisión, se estipula que las decisiones de la Comisión, que pueden tener un impacto en las condiciones para hacer negocios, se toman teniendo en cuenta una evaluación del impacto regulatorio de dichos proyectos. decisiones.

Las actividades de los órganos de la Unión se financian con cargo al presupuesto de la Unión, formado en la forma determinada por el reglamento del presupuesto de la Unión. El presupuesto de la Unión se forma en rublos rusos mediante contribuciones compartidas de los estados miembros.

El Reglamento sobre el presupuesto de la Unión Económica Euroasiática, así como el presupuesto de la Unión y el informe sobre su ejecución, son aprobados por el Consejo Económico Supremo Euroasiático. También determina el tamaño (escala) de las contribuciones compartidas de los estados miembros al presupuesto de la Unión.

El Tratado de la UEEA es un acuerdo internacional entre la República de Bielorrusia, la República de Kazajstán y la Federación de Rusia, firmado por los jefes de estado en Astana el 29 de mayo de 2014, que estableció la Unión Económica Euroasiática, dentro de la cual la libertad de Se garantiza la circulación de bienes, servicios, capitales y mano de obra, la realización de una política coordinada, coordinada o unificada en los sectores de la economía definidos por el presente Tratado y los tratados internacionales dentro de la Unión. El Tratado de la UEEA contiene disposiciones que prevén reducciones de las exenciones y otras restricciones, incluidas barreras, al acceso mutuo de las entidades comerciales al mercado de los Estados miembros. El Tratado de la UEEA se basa en el marco jurídico de la Unión Aduanera y el Espacio Económico Común, cuyas normas han sido actualizadas y armonizadas con las normas de la OMC.

El Tratado de la UEEA consta de 4 partes, 28 secciones, 118 artículos y 33 anexos.

En general, el documento se puede dividir en dos partes.

La primera parte, institucional, establece las metas y objetivos estratégicos de la integración euroasiática, define el estatus jurídico de la Unión como organización internacional, formula los principios básicos, las metas, las competencias y el derecho de la Unión, establece el sistema de órganos de la Unión, su competencia, el procedimiento de constitución y funcionamiento, y también establece las disposiciones sobre el presupuesto de la Unión.

La segunda parte, funcional (económica), regula los mecanismos de interacción económica y también establece obligaciones en áreas sectoriales de integración. Entre ellos se encuentran una política comercial unificada y una política en el campo de la regulación técnica, una política macroeconómica y monetaria coordinada, una política coordinada (coordinada) en el campo del transporte y la energía, una política agroindustrial coordinada (coordinada), cooperación en en el ámbito de la industria y en el ámbito de la migración laboral, una política coordinada en el ámbito de la protección de los consumidores.

La Unión Económica Euroasiática está abierta a la entrada de cualquier estado que comparta sus objetivos y principios, en las condiciones acordadas por los estados miembros.

Para obtener el estatus de estado candidato a la adhesión a la Unión, el estado interesado envía la solicitud correspondiente al Presidente del Consejo Económico Supremo de Eurasia.

La decisión de conceder a un estado el estatus de estado candidato a la adhesión a la Unión la toma por consenso el Consejo Económico Supremo Euroasiático.

La Comisión Económica Euroasiática (Comisión) es un organismo regulador permanente de la Unión. La Comisión está formada por un Consejo y una Junta.

Las principales tareas de la Comisión son garantizar las condiciones para el funcionamiento y desarrollo de la Unión, así como desarrollar propuestas en el ámbito de la integración económica.

La Comisión opera sobre la base de los siguientes principios:

– garantizar el beneficio mutuo, la igualdad y tener en cuenta los intereses nacionales de los estados miembros;

– viabilidad económica de las decisiones tomadas;

– apertura, transparencia y objetividad.

Los poderes de la Comisión están previstos en el Tratado de la UEEA y otros tratados internacionales dentro de la Unión y se extienden a las siguientes áreas:

1) regulación arancelaria y no arancelaria;

2) regulación aduanera;

3) reglamento técnico;

4) medidas fitosanitarias sanitarias, veterinario-sanitarias y cuarentenarias;

5) acreditación y distribución de derechos de aduana de importación;

6) establecimiento de regímenes comerciales en relación con terceros;

7) estadísticas de comercio exterior y mutuo;

8) política macroeconómica;

9) política de competencia;

10) subsidios industriales y agrícolas;

11) política energética;

12) monopolios naturales;

13) adquisiciones estatales y (o) municipales;

14) comercio mutuo de servicios e inversiones;

15) transporte y transporte;

16) política monetaria;

17) propiedad intelectual;

18) migración laboral;

19) mercados financieros (sector bancario, sector de seguros, mercado de divisas, mercado de valores);

20) otros ámbitos determinados por el Tratado y los tratados internacionales dentro de la Unión.

Las etiquetas no se proporcionan a los fabricantes de forma gratuita. El coste de implementar una etiqueta RFID oscila entre 15 y 22 rublos. Esto es menos que el costo de un boleto de autobús. La introducción de etiquetas no afectará significativamente el coste final de la mercancía. Pero protegerá contra el contrabando de productos y los “fabricantes grises” que suministran productos de baja calidad.

Según el Tratado de la UEEA, el trabajo para evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los reglamentos técnicos de la Unión lo llevan a cabo los organismos de certificación y los laboratorios de pruebas incluidos en el Registro Unificado de Organismos de Evaluación de la Conformidad de la UEEA.

La nueva norma se aplica sólo a los automóviles recién importados a la UEEA o producidos en ella. Los automóviles extranjeros usados ​​que "corrieron" por las carreteras de la Unión antes del 1 de enero de 2017 sin un "botón de pánico" se utilizarán sin cambios. La prioridad es la salud y la seguridad de los ciudadanos de la Unión. Desde abril de 2018 se introdujo un requisito similar en la UE. Muchas marcas mundiales ya han instalado en sus coches equipos para llamar a los servicios de emergencia.

Contribuciones al seguro médico obligatorio al Fondo Federal Obligatorio seguro de salud En Rusia los pagan los empleadores.

UEEA. Lamentablemente existe confusión, pero la abreviatura EAEU se acepta en todos los documentos internacionales oficiales.

Los procesos de integración euroasiática en curso en el espacio postsoviético plantean el problema de la relación entre la competencia de los órganos supranacionales de la Unión Económica Euroasiática y los órganos nacionales de los estados miembros de la UEEA. Como muestra la práctica policial, esta cuestión es más grave en relación con la relación entre la competencia del Tribunal de la Unión Económica Euroasiática (en adelante, el Tribunal de la UEEA) y los órganos judiciales nacionales, en particular, el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia. Federación (en adelante, el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia).

De conformidad con el Tratado de la Unión Económica Euroasiática (en adelante, el Tratado de la UEEA), de fecha 29 de mayo de 2014, se creó el Tribunal de la UEEA. El artículo 19 de este tratado define el Tribunal de la UEEA como un órgano judicial permanente de la Unión.

Como señaló A.V. Malko y V.V. Elistratova: “El Tribunal de la UEEA, de hecho, se convirtió en el “sucesor” del Tribunal EurAsEC, que sentó las bases para el Tribunal de la Unión, manteniendo la validez de sus decisiones de conformidad con el párrafo 3 del art. 3 del Acuerdo sobre la terminación de las actividades de la EurAsEC de 10 de octubre de 2014." A su vez, el presidente del Tribunal de la UEEA, A. A. Fedortsov explica que: “El Tribunal de la Unión no es el sucesor legal del Tribunal EurAsEC. Se ha formado un nuevo tribunal y, además, el procedimiento mismo para su formación es diferente”. De hecho, si el Tribunal EurAsEC fue formado por la Asamblea Interparlamentaria, ahora los jueces del tribunal fueron nombrados por los jefes de estado de la Unión Económica Euroasiática. La regulación legal de la actividad judicial es diferente.

Hoy en día, las actividades del Tribunal de la UEEA y sus competencias están reguladas por el Estatuto del Tribunal de la UEEA, que es un anexo integral del Tratado de la UEEA.

Inicialmente, es necesario caracterizar el papel y la importancia de la competencia del Tribunal de la UEEA y del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, y su relación.

El Tribunal de la UEEA es uno de los cuatro órganos de la UEEA, junto con el Consejo Económico Supremo Euroasiático (SEEC), el Consejo Intergubernamental y la Comisión Económica Euroasiática (CEE). Su objetivo es garantizar una uniformidad y aplicación correcta por los países de la UEEA, las decisiones de la CEE y los acuerdos internacionales dentro de la UEEA. Las normas que regulan en detalle la competencia del Tribunal de la UEEA están consagradas en el Capítulo 4 del Estatuto del Tribunal de la UEEA, según el cual el Tribunal considera las controversias que surjan sobre la aplicación del Tratado, los tratados internacionales dentro de la Unión y (o) las decisiones de los órganos de la Unión a petición de un Estado miembro, así como a petición de una entidad comercial. En este caso, se entiende por entidad económica una persona jurídica registrada de conformidad con la legislación de un estado miembro o de un tercer estado, o una persona física registrada como empresario individual de acuerdo con la legislación de un estado miembro o de un tercer estado.

El Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia es el máximo órgano judicial, las actividades, competencias y el procedimiento para su formación están determinados por la Ley Constitucional Federal de 21 de julio de 1994 No. 1-FKZ "Sobre el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia" (en adelante denominado FKZ No. 1). Las decisiones de este tribunal son vinculantes en toda la Federación de Rusia, ya que está "por encima" de todos los demás tribunales de la Federación de Rusia. Según el artículo 1 de esta ley, el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia es un órgano judicial de control constitucional que ejerce de forma independiente e independiente el poder judicial a través de procedimientos constitucionales.

Comparando la competencia del Tribunal de la UEEA y del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, observamos que la principal es la interpretación de los actos, que son el elemento central de la práctica interpretativa.

De conformidad con el párrafo 46 del Estatuto del Tribunal de la UEEA, el Tribunal, a petición de un Estado miembro o de un organismo de la Unión, aclara las disposiciones del Tratado, los tratados internacionales dentro de la Unión, así como las decisiones de la Unión. cuerpos.

Cabe señalar que, además de definir la lista de actos de la Unión que están sujetos a interpretación, esta norma también determina el órgano de la Unión autorizado para interpretar las disposiciones de los actos de la Unión: el Tribunal de la Unión. , así como el círculo de personas autorizadas a dirigirse a dicho organismo de la Unión con una solicitud de aclaración de las disposiciones de las actas de la Unión.

Según el párrafo 49 del Estatuto del Tribunal de la UEEA, las solicitudes ante el Tribunal de la Unión para que se aclaren las disposiciones del Tratado, los tratados internacionales dentro de la Unión, así como las decisiones de los órganos de la Unión, son tramitadas por los órganos y organizaciones autorizados. del Estado miembro.

La lista de dichos organismos y organizaciones la determina cada Estado miembro y se envía al Tribunal de la Unión por vía diplomática. Obviamente, no todas las personas jurídicas y (o) personas físicas de un Estado miembro tienen derecho a presentar una demanda adecuada de forma independiente ante el Tribunal de la Unión, sino sólo representantes autorizados. Hasta la fecha, la práctica del Tribunal de la Unión se limita únicamente al recurso de entidades económicas de los Estados miembros de la Unión.

El artículo 47 del Estatuto del Tribunal de la Unión establece que la aplicación por el Tribunal de una aclaración implica la emisión de una opinión consultiva y no priva a los Estados miembros del derecho a una interpretación conjunta de los tratados internacionales.

Una opinión consultiva es una interpretación de los tratados internacionales. Lo emite el Tribunal cuando diferentes sujetos (a menudo poderosos y no poderosos) no pueden llegar a un denominador común sobre alguna cuestión jurídica. En este caso, es necesario ampliar la lista de órganos y personas con derecho a enviar directamente una solicitud de opinión consultiva (ahora sólo tienen derecho los empleados de los órganos de la UEEA).

La competencia del Tribunal de la UEEA incluye todas las disputas que surjan sobre la implementación del derecho de la Unión (con excepción de los tratados internacionales de la Unión con un tercero). De conformidad con el párrafo 48 del Estatuto, el Tribunal de la Unión aclarará las disposiciones de un tratado internacional de la Unión con un tercero, si así lo prevé dicho tratado internacional. En consecuencia, en relación con esta categoría de actos (a diferencia del Tratado, los tratados internacionales dentro de la Unión y las decisiones de los órganos de la Unión), se aplicarán otras reglas de interpretación, que vendrán determinadas directamente en los propios tratados internacionales. En este sentido, el Tribunal de la UEEA difiere del Tribunal EurAsEC, que estaba autorizado a considerar únicamente disputas de naturaleza económica.

Hay que estar de acuerdo con P. Myslinsky, quien señala que el único órgano que tiene derecho a interpretar las normas jurídicas de la UEEA debe ser considerado el Tribunal de la UEEA, y no los órganos de los Estados.

Según el artículo 3 de la Ley Federal Nº 1, las competencias del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia son, entre otras cosas, interpretar la Constitución de la Federación de Rusia. Tengamos en cuenta que no sólo las personas autorizadas, sino también los ciudadanos cuyos derechos y libertades son violados por la ley tienen derecho a apelar ante el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia en forma de solicitud, petición o queja. Por ejemplo, el Presidente de la Federación de Rusia, el Consejo de la Federación, la Duma Estatal, etc. tienen derecho a acudir al Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia con una solicitud para verificar la constitucionalidad de los actos normativos, y ante una persona individual o colectiva. queja sobre una violación derechos constitucionales y libertades: los ciudadanos y sus asociaciones.

La necesidad de una interpretación constitucional oficial se debe a la inadmisibilidad de una interpretación arbitraria de las normas básicas por parte de quienes hacen cumplir la ley. La aclaración de las normas básicas es la categoría más difícil de casos legales. Los jueces del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, al interpretar normas básicas, están obligados a seguir ciertas reglas y tener en cuenta la práctica establecida, como se establece expresamente en el artículo 74 de la Ley Federal No. 1. Cuando se habla de interpretación de normas básicas normas, sólo se debe tener en cuenta la interpretación directamente relacionada con la aplicación de las disposiciones legales básicas. El Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, en varias de sus decisiones, formuló una posición jurídica sobre la inadmisibilidad de aceptar solicitudes de interpretación de las disposiciones constitucionales especificadas en la legislación vigente, porque en tales casos, bajo la apariencia de interpretación, la constitucionalidad de Se verifican las normas de la legislación vigente no declaradas ante el Tribunal Constitucional. El tribunal no reconoce tales solicitudes como admisibles si no están relacionadas con la posible aplicación de la norma básica, tienen una orientación puramente teórica o, por el contrario, puramente política, o si en realidad están diseñadas para complementar este texto básico y contener una solicitud. para la interpretación de disposiciones que no están consagradas en la Constitución.

En base a esto, podemos concluir que el Tribunal de la UEEA y el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia participan en el desarrollo de actos de interpretación del derecho, cuyo objetivo no es resolver cuestiones de regulación jurídica, sino explicar, recomendar y Justificar la comprensión de las disposiciones más importantes de un acto determinado. Al mismo tiempo, el Tribunal de la UEEA interpreta actos en forma de explicaciones de las disposiciones del Tratado, tratados internacionales dentro de la Unión, decisiones de los órganos de la Unión, así como tratados internacionales de la Unión con un tercero, si así lo prevé. por el tratado. Esta aclaración no contiene nuevas normas jurídicas, sólo aclara el significado de normas ya existentes. A su vez, el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia adopta actos de interpretación de la ley como resultado de la resolución de disputas específicas en el marco de la legislación rusa.

El párrafo 3 de la Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia de 8 de noviembre de 2013 Nº 79 "Sobre algunas cuestiones de la aplicación de la legislación aduanera" estipula que los tribunales deben tener en cuenta los actos del Tribunal del Tribunal Económico Euroasiático Unión, emitido de conformidad con el párrafo 39 del Estatuto de la Corte con base en los resultados del examen de disputas relacionadas con la implementación de las disposiciones del Tratado, otros tratados internacionales dentro de la Unión y (o) decisiones de los órganos de la Unión.

Resolución del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia de 3 de marzo de 2015 No. 417-O “A solicitud del Tribunal de Arbitraje del Distrito Central para verificar la constitucionalidad del párrafo 4 del Procedimiento para aplicar la exención de derechos de aduana en la importación determinadas categorías de mercancías en el territorio aduanero único de la Unión Aduanera" establece que las decisiones Las Comisiones de la Unión Aduanera que regulan las relaciones aduaneras en la Unión Aduanera deben ajustarse al Código; la aplicación de las normas impugnadas también requiere tener en cuenta las disposiciones del artículo 368 del Código Aduanero de la Unión Aduanera.

Según la Resolución del Pleno Corte Suprema RF de 12 de mayo de 2016 No. 18 “Sobre algunas cuestiones de la aplicación de la legislación aduanera por parte de los tribunales” regulacion legal las relaciones aduaneras se llevan a cabo de conformidad con la Constitución de la Federación de Rusia, los tratados internacionales incluidos en su sistema jurídico de conformidad con la Parte 4 del artículo 15 de la Constitución de la Federación de Rusia y la legislación de la Federación de Rusia en materia de asuntos aduaneros. También se indica que en caso de conflicto entre las normas del derecho de la Unión (el Tratado) que regula las relaciones aduaneras y las normas de la legislación de la Federación de Rusia sobre asuntos aduaneros de conformidad con la Parte 4 del artículo 15 del Constitución de la Federación de Rusia, se aplicará la ley de la Unión. Al mismo tiempo, los tribunales deben tener en cuenta que la prioridad de conflicto de leyes del derecho de la Unión no puede conducir a una violación de los derechos y libertades de los ciudadanos (organizaciones) garantizados por la Constitución de la Federación de Rusia. En particular, al aplicar las normas del derecho de la Unión que establecen (cambian, terminan) los derechos y obligaciones de pagar derechos de aduana y utilizar beneficios aduaneros, el principio de inadmisibilidad de dar efecto retroactivo a una nueva regulación aduanera que empeora la situación de los participantes en los conflictos en curso. Se deben tener en cuenta las relaciones jurídicas.

Resumiendo las normas anteriores, observamos que al relacionar las normas legales adoptadas por los órganos supranacionales y los órganos nacionales de los países miembros de la UEEA, es necesario tener en cuenta la regla en la que las normas adoptadas por los órganos de la UEEA, incluidos los actos de aplicación de La legislación desarrollada por el Tribunal de la UEEA tiene prioridad sobre las normas legislativas de los países miembros de la UEEA. Al mismo tiempo, a la hora de resolver determinadas cuestiones en el ámbito de la regulación aduanera, es necesario apartarse de reglas generales, con el fin de proteger los derechos constitucionales de los ciudadanos y entidades legales Federación Rusa. En este sentido, conviene estar de acuerdo con la opinión de E.V. Trunina, quien escribe que para proteger adecuadamente los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y las personas jurídicas de la Federación de Rusia, es necesario establecer una interacción constructiva entre el órgano judicial supranacional de la UEEA y los órganos judiciales nacionales de la Federación de Rusia y otros Estados miembros de la Unión, encaminados a la implementación plena y efectiva por parte de estos órganos de sus funciones de derechos humanos en el marco del orden jurídico emergente de Eurasia. El autor señala que los científicos y profesionales son prácticamente unánimes en la opinión de que al construir la relación entre el Tribunal supranacional de la UEEA y el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, la experiencia de interacción entre el Tribunal de la Unión Europea y los tribunales constitucionales de los Estados miembros deben tenerse en cuenta. Al mismo tiempo, los acontecimientos años recientes demostró que no menos importante en este asunto es la construcción de una estrategia para la relación del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia con los tribunales internacionales.

En nuestra opinión, el papel del Tribunal de la UEEA debe aumentarse y fortalecerse en el desarrollo de un enfoque unificado en la práctica de aplicación de la ley al resolver disputas aduaneras, incluso mediante el reconocimiento de los actos de interpretación de la ley adoptados por el Tribunal de la UEEA. Al mismo tiempo, no se olvide de lo principal en las actividades del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia: garantizar un espacio constitucional y legal único en el país, defendiendo la supremacía de la Constitución de la Federación de Rusia.

1 Estatuto del Tribunal de la Unión Económica Euroasiática Apéndice No. 2 del Tratado de la Unión Económica Euroasiática // Sitio web oficial de la Comisión Económica Euroasiática http://www.eurasiancommission.org/

Bibliografía

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2 Estatuto del Tribunal de la Unión Económica Euroasiática Apéndice No. 2 del Tratado de la Unión Económica Euroasiática. [Recurso electrónico]. URL: http://www.eurasiancommission.org/ (Consulta: 24 de abril de 2017).

3 Sitio web oficial del Tribunal de la Unión Económica Euroasiática. [Recurso electrónico]. URL: http://courteurasian.org/page-23851 (Consulta: 24 de abril de 2017).

4 Sobre el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia: Feder. ley rusa Federación de 21 de julio de 1994 No. 1-FKZ // Periódico ruso. - 1994. - No. 138 - 139.

5 A solicitud del Tribunal Arbitral del Distrito Central para verificar la constitucionalidad del párrafo 4 del Procedimiento para aplicar la exención de derechos de aduana en la importación de determinadas categorías de mercancías al territorio aduanero único de la Unión Aduanera: Determinación del Tribunal Constitucional de Federación de Rusia de 3 de mayo de 2015 No. 417-O. [Recurso electrónico]. URL: http://www.pravo.gov.ru (Consulta: 24 de abril de 2017).

6 Sobre algunas cuestiones de la aplicación de la legislación aduanera por los tribunales: Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia de 12 de mayo de 2016 No. 18 // Rossiyskaya Gazeta. – 2016. – N° 105.

7 Sobre algunas cuestiones de aplicación de la legislación aduanera: Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia de 8 de noviembre de 2013 No. 79 // Boletín del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia. – 2014. – N°1.

8 Malko A.V., Elistratova V.V. Sistema judicial de la Unión Económica Euroasiática: problemas de formación. [Recurso electrónico]. URL: http://www.publishing-vak.ru/file/archive-law-2016-1/7-malko-elistratova.pdf (Consulta: 24 de abril de 2017).

9 Myslivsky P. Regulación jurídica internacional de la creación de la Unión Económica Euroasiática y el método de resolución de disputas: Dis. ...candó. legal Ciencia. – M., 2016. – P. 133 – 135.

10 Trunina E.V. Beneficios arancelarios cuando un inversor extranjero importa bienes con capital autorizado a la Federación de Rusia en el contexto de la práctica judicial: ¿hay alguna claridad? // Boletín de Práctica Arbitral. – 2016. – No. 2. – P. 62 – 72.



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